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KYMORO´S TRAVEL SAS, se acoge al Artículo 17 de la Ley 679 de 2001, por medio de la cual se expide un estatuto para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores de edad, así:
 
1. Abstenerse de ofrecer en los programas de promoción turística, planes de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes.
 
2. Abstenerse de dar información a los turistas, acerca de lugares donde se coordinen o donde se practique la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
 
3. Abstenerse de conducir a los turistas, directamente o a través de terceros a establecimientos o lugares donde se practique la explotación sexual comercial de niños, niñas, así como conducir a estos a los sitios donde se encuentran hospedados los turistas, incluso si se trata de barcos localizados en Altamar, con fines de explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
 
4. Abstenerse de facilitar vehículos en rutas turísticas con fines de explotación o de abuso sexual con niños, niñas y adolescentes.
 
5. Impedir el ingreso de niños, niñas y adolescentes a Sites, con fines de explotación o de abuso sexual.
 
6. Adoptar las medidas tendientes a impedir que el personal vinculado a cualquier título con la empresa, ofrezca servicios turísticos que
permitan actividad sexual con niños, niñas y adolescentes.
 
7. Denunciar ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y demás autoridades competentes, los hechos de que hubiere tenido conocimiento por cualquier medio, así como la existencia de lugares, relacionados con explotación sexual de niños, niñas y adolescentes y asegurar que al interior de la empresa existan canales para la denuncia correspondiente ante las autoridades competentes.
 
8. Informar a sus usuarios sobre las consecuencias legales en Colombia de la explotación y el abuso sexual de niños, niñas y adolescentes.
Code Of Conduct – Prevention ESCNNA 

 

 

KYMORO'S TRAVEL SAS, is in compliance with Article 17 of Law 679 of 2001, by means of which a statute is issued to prevent and counteract exploitation, pornography and sex tourism with minors, as follows:

 

1. Refrain from offering in the tourist promotion programs, plans for the sexual exploitation of children and adolescents.

 

2. Refrain from giving information to tourists about places where commercial sexual exploitation of children and adolescents is coordinated or practiced.

 

3. Refrain from driving tourists, directly or through third parties, to establishments or places where commercial sexual exploitation of children is practiced, as well as to drive tourists to places where tourists are staying, even if it is a question of Boats located in high seas, for the purpose of commercial sexual exploitation of children and adolescents.

 

4. Refrain from providing vehicles on tourist routes for exploitation or sexual abuse with children.

 

5. To prevent the entry of children and adolescents to Sites for the purpose of exploitation or sexual abuse.

 

6. Adopt measures to prevent staff linked to any title with the company, offer tourist services that allow sexual activity with children and adolescents

 

7. Report to the Ministry of Commerce, Industry and Tourism and other competent authorities the facts of which it has been informed by any means, as well as the existence of places, related to the sexual exploitation of children and adolescents and to ensure that the interior of the company there are channels for the corresponding complaint to the competent authorities.

 

8. Inform its users about the legal consequences in Colombia of the exploitation and sexual abuse of children and adolescents.
Código de conducta - Prevención ECSNNA
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Kymoros Travel
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Kymoros Travel SAS, se acoge a la siguiente normatividad:

  • Ley 300 de 1996 - Ley general de turismo, Decreto 2438 de 2010 indica nuestra calidad de ntermediarios.

  • Ley 1098 de 2006 contra la explotación laboral infantil.

  • Ley 1482 de 2011 y Ley 1752 de 2015 que protege los derechos de las personas contra actos de racismo y discriminación, sanciona penalmente la discriminación contra las personas con discapacidad.

  • Ley 17 de 1981 y Ley 1333 de 2009 contra el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre.

  • Ley 63 de 1986 y Ley 1185 de 2008 Comercio de bienes culturales, Resolución 0584 de 2002 sobre especies silvestres amenazadas en el territorio nacional.

  • Ley 679 de 2001, Ley 1336 de 2009, Resolución número 3840 de 2009 sobre la prevención del comercio y explotación sexual con menores de edad a través del turismo, rechazando toda forma de explotación sexual y demás formas de abuso a menores de edad.

  • Ley 1335 de 2009 Prevenir daños a la salud de menores de edad, población no fumadora.

  • Los datos personales que se han recogido por medio de este canal serán tratados de conformidad con lo establecido en la ley 1581 2012.

Contáctanos 

Teléfonos (571) 547 6996 // 315 518 0693 

E-mail: comercial@kymoros.com.co

Bogotá D.C. - Colombia

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